SCJN abre la puerta al SAT para continuar batalla legal en uno de los mayores casos de ‘huachicol’ fiscal
Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), abrió la puerta este lunes al Servicio de Administración Tributaria (SAT), para continuar su batalla legal en uno de los mayores casos conocidos de presunto huachicol fiscal en México, pese a los intentos de empresarios investigados por contrabando de frenar sus amparos, bajo el argumento de que la autoridad fiscal carece de facultades para representar a Hacienda.
Por unanimidad, el pleno aprobó cuatro proyectos de sentencia, presentados por tres ministros, que confirmaron o dejaron firmes los acuerdos de admisión de los amparos promovidos por el SAT contra resoluciones favorables a empresarios investigados por contrabando, entre ellos Édgar Marín Meza Moreno, señalado por la presunta introducción ilegal al país de más de 21.5 millones de litros de diésel por vía marítima en 2019.
Uno de los proyectos, presentado por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, abordó los recursos de los empresarios contra la admisión de un amparo del SAT, con el que busca revertir una resolución del Tribunal Colegiado de Apelación del séptimo circuito, con sede en Veracruz, que confirmó la no vinculación a proceso de Meza Moreno y dejó sin efecto la vinculación de Mario Alberto Guijarro Tamayo.
El tribunal de Veracruz consideró que no se cumplió un requisito legal para proceder penalmente, pues las declaratorias de perjuicio por contrabando fueron emitidas por el SAT y no por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), a la que atribuyó la facultad de representar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como víctima de estos delitos.
Sin embargo, la Corte determinó que la supuesta falta de facultades del SAT no constituía una causa manifiesta e indudable para desechar su amparo sin estudiar el fondo del asunto. Los otros tres proyectos, dos de la ministra María Estela Ríos González y uno de Loretta Ortiz Ahlf, también permitieron mantener la admisión de las demandas, aunque dos de ellos se resolvieron por desistimiento de los recurrentes.
Con la decisión, el Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Noveno Circuito, con sede en Pachuca, Hidalgo, deberá continuar el juicio de amparo correspondiente y determinar si el SAT conserva facultades concurrentes con la ANAM para emitir declaratorias de perjuicio y representar a Hacienda en casos de contrabando, o si esas atribuciones corresponden exclusivamente a la autoridad aduanera.

